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Notificación en cumplimiento con el artículo 6.4 del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico aprobado
Notificación en cumplimiento con artículo 6.4 del reglamento general de estudiantes de la Universidad de Puerto Rico aprobado
21 de enero de 2011
CARTA CIRCULAR
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA
Ana R. Guadalupe, Ph. D.
Rectora
NOTIFICACIÓN EN CUMPLIMIENTO CON ARTÍCULO 6.4 DEL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD DE PUERTO RICO APROBADO
El artículo 6.4 (B) del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico (Certificación Núm. 13, año 2009-2010) de la Junta de Síndicos, ordena a el/la Rectora de cada unidad institucional a publicar aquellas conductas de los miembros de la comunidad estudiantil que han sido sancionados, así como las sanciones impuestas de manera final y firme en su unidad durante el año lectivo anterior.
En cumplimiento con dicha obligación reglamentaria le informo que luego del proceso disciplinario correspondiente en el año lectivo 2009-10 las siguientes conductas estudiantiles fueron objeto de sanción disciplinaria:
- Deshonestidad Académica - Se procesó e impuso sanciones disciplinarias a un (1) estudiante por incurrir en conducta que constituye deshonestidad académica conforme se describe en el Artículo 14 del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico y Artículo 69 del Reglamento de Estudiantes del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico. Se le impuso como sanción, mediante estipulación, la suspensión durante un semestre como estudiante de la Universidad de Puerto Rico.
- Uso No Autorizado de Instalaciones Universitarias y Conducta Inapropiada dentro de las Instalaciones Universitarias – Se procesó e impuso sanciones disciplinarias a tres (3) estudiantes por el uso no autorizado de las instalaciones universitarias, Artículo 2.17 y 2.18 (incisos 1, 5, 6 y 7) y 6.2 (incisos 4, 6 y10) del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico. Se les impuso como sanción una amonestación escrita a cada uno.
- Agresión – Se procesó e impuso sanción disciplinaria a dos (2) estudiantes por el empleo de fuerza o violencia contra otra persona dentro de las facilidades de la Universidad, lo cual constituye violación al Artículo 14 A (1) (10), del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico. Se le impuso un año en probatoria.
Los procedimientos disciplinarios conducidos en todos los eventos antes indicados se llevaron a cabo en cumplimiento con la reglamentación universitaria y legal aplicable.
mcc/2010-11-17cartacircularcomart6.4reglgenestud
Suceso relacionado con la manifestación de un grupo de estudiantes en las inmediaciones de la Torre del Recinto
18 de noviembre de 2009
CARTA CIRCULAR
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA
ANA R. GUADALUPE, Ph.D.
Rectora Interina
SUCESO RELACIONADO CON LA MANIFESTACIÓN DE UN GRUPO DE ESTUDIANTES EN LAS INMEDIACIONES DE LA TORRE DEL RECINTO
En horas de la mañana un grupo de estudiantes subieron a la Torre, algunos de éstos con capuchas, desplegando dos pancartas y removiendo una de las banderas. Los estudiantes ganaron acceso a través del techo y los balcones del edificio Antonio S. Pedreira removiendo las barreras de seguridad en el área. Éstos permanecieron por varias horas en la Torre a pesar de los intentos de diálogo por parte de decanos y personal de la administración. El diálogo no progresó cuando el grupo de manifestantes reiteró su disponibilidad a bajar sólo si se le garantizaba que no procederían sanciones por sus actos.
Como Rectora Interina, me reitero en el espacio y derecho que tiene los miembros de la comunidad universitaria de manifestarse, pero ese derecho tiene que ser cónsono con la reglamentación vigente y sin el menoscabo al clima de respeto y sosiego que debe imperar en la Institución. La conducta exhibida por estos estudiantes constituye una violación a las normas establecidas en el sistema universitario para garantizar una sana convivencia. En específico, la misma constituye una violación a los Artículos 2.17, 2.18 (Incisos 1,5,6 y 7) Y al Artículo 6.2 (Incisos 4, 6, y 10) del Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico, aprobado el 29 de agosto de 2009 y con efectividad a partir del 9 de octubre.
Debido a que algunos de estos estudiantes han expresado en varias ocasiones que no reconocen las autoridades y las normas universitarias, a que no se identifican con ninguna de las organizaciones reconocidas por el Recinto, que aparentan tener una agenda de trabajo ajena a los mejores intereses y necesidades de nuestro estudiantado y que rechazan el diálogo y la convocatoria a trabajar en colaboración, no podemos validar sus actuaciones y su conducta.
La comunidad universitaria puede estar segura que tomaremos las medidas disciplinarias necesarias para sentar las debidas responsabilidades protegiendo la libertad de expresión siempre y cuando la misma se conduzca acorde con la reglamentación universitaria. Nuevamente, exhorto a este grupo de estudiantes a deponer su actitud y sentarse con la administración universitaria para orientarse y acordar los espacios para sus manifestaciones.
Nuevo Reglamento General de Estudiantes
5 de noviembre de 2009
CIRCULAR NÚM. 12, AÑO 2009-2010
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA
Ana R. Guadalupe, Ph.D.
Rectora Interina
NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIANTES
El Nuevo Reglamento General de Estudiantes de la Universidad de Puerto Rico, fue aprobado por la Junta de Síndicos el pasado 29 de agosto de 2009 mediante la Certificación 13 (2009-2010), la cual deroga la Certificación 18 (1997-1998) que establecía el anterior Reglamento General de Estudiantes. El Nuevo Reglamento puede accederse en la página web de la Junta de Síndicos bajo la dirección electrónica www.certifica.upr.edu.
Este Reglamento fue radicado en el Departamento de Estado con el número 7733, el 9 de septiembre de 2009 y acorde con la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, es efectivo desde el 9 de octubre de 2009.




