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Sobre eligibilidad de Fondos de Título IV del Departamento de Educación Federal

11 de abril de 2017

 

 

 

CARTA CIRCULAR
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA

 

 

 

Carmen H. Rivera Vega, Ph.D.
Rectora Interina

 

SOBRE ELEGIBILIDAD DE FONDOS DE TÍTULO IV DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN FEDERAL

Con el propósito de aclarar información pública sobre la elegibilidad del Recinto de Río Piedras para recibir y administrar fondos de Título IV del Departamento de Educación Federal, que incluye Becas Pell, FSEOG, Préstamos Estudiantiles y el Programa de Estudio y Trabajo, ofrecemos la siguiente información.

La elegibilidad de una institución para participar en los programas de Título IV del Higher Education Act (HEA) se explica en la sub-parte B del 34 CFR 600.20 titulada “Procedimientos para establecer elegibilidad” y es evidenciada en la página A-1 del Eligibility and Certification Approval Report (ECAR).  La disposición 34 CFR 600.40(a)(1)(iii), establece que una institución, localidad o un programa educativo de una institución pierde su elegibilidad en el momento en que deje de proveer programas de educación por cualquier razón que no sea un período de vacaciones normal o un desastre natural que afecte directamente a la institución o a sus estudiantes. Según la sección 668.26 (d) (1)-(3), en un estado de inelegibilidad una institución no puede desembolsar fondos de ayuda económica.

No obstante, es fundamental separar la pérdida de elegibilidad de la terminación o limitación de la certificación de la institución. La certificación de una institución en los programas del HEA está consignada en el Program Participation Agreement (PPA). El PPA del Recinto de Río Piedras establece que su aprobación es provisional con una fecha de expiración inicial de 30 de junio de 2018, y posteriormente extendida al 31 de marzo de 2021. Las razones para emitir una aprobación provisional son explicadas como (a) los hallazgos de deficiencias encontradas durante el Program Review anterior y (b) la entrega tardía de los reportes de auditoría requeridos.

La reglamentación aplicable estipula que es la Secretaria del Departamento de Educación Federal quien tiene la última palabra en la decisión de dar por terminada la certificación y, por ende, la participación de la institución en los fondos federales del HEA. Aunque el Recinto de Río Piedras aún no ha recibido una notificación iniciando procedimientos de terminación, es menester entender que estamos sujetos a la misma. La Secretaria de Educación puede comenzar los procedimientos pertinentes tan pronto entienda que la institución ha perdido su elegibilidad (34 CFR 600.41). Esta decisión no depende explícitamente de la cantidad de tiempo que el Recinto se encuentre cerrado.  De otro lado, y según se desprende del PPA, la Secretaria puede imponer otras medidas tales como la administración del programa con fondos propios que sólo pueden recuperarse por reembolso. En caso de que la institución pierda su certificación por el Departamento de Educación no podrá solicitar ser recertificada durante 18 meses.

En estos momentos, el único oficial que nos ha contactado es el Dr. Jeremy Early, Gerente de Cumplimiento de la División de Participación Escolar del Departamento de Educación Federal, con el propósito de recopilar información sobre la situación actual en nuestra Universidad.  Asimismo, nos ha solicitado que le informemos periódicamente sobre los desarrollos del Recinto en esta coyuntura.

Por otro lado, si la institución pierde su elegibilidad por perder la acreditación primaria, no podrá solicitar ser recertificada durante 24 meses. En el caso del Recinto de Río Piedras, su acreditadora primaria certificada por el Departamento de Educación Federal es la Middle States Commission on Higher Education (MSCHE). La Presidenta del MSCHE, la doctora Elizabeth Sibloski, nos envió una carta el 21 de marzo de 2017 expresando su preocupación con el incumplimiento del Recinto con los requerimientos de la agencia acreditadora y solicitando información actualizada de cómo trabajaríamos con los factores directamente relacionados a dicho incumplimiento.  Sus preocupaciones abarcan tanto el posible incumplimiento con la tarea académica así como la pérdida de solvencia fiscal por la Universidad, hecho que se recrudece ante los millonarios recortes propuestos a la institución.

Esta es la difícil situación que enfrentamos como Universidad y como país.  Nuestro deber ministerial es mantener a la comunidad universitaria informada sobre la normativa aplicable a la concesión de fondos federales. Nos urge atender los conflictos que mantienen el incumplimiento tanto con nuestra agencia acreditadora, como con la elegibilidad de recibir fondos federales de Titulo IV. La concesión de ayuda económica por las agencias federales está naturalmente supeditada a que se estén llevando a cabo tareas académicas. Según datos provistos por el Decanato de Estudiantes, en nuestro Recinto, 8,350 de los estudiantes reciben beca Pell y 1,697 tienen préstamos estudiantiles.

Nuestro compromiso sigue siendo el de aunar esfuerzos y atender los asuntos puestos sobre la mesa de diálogo. Confiamos que el trabajo multisectorial que se está llevando a cabo, con la participación de todos los componentes de la comunidad universitaria, rinda frutos y que pronto podamos reanudar las tareas académicas y administrativas en nuestro Recinto.

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