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Matrícula estudiantil y vacunación de refuerzo en estudiantes #OE-2021-082

10 de enero de 2022

CARTA CIRCULAR

A LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL

Dr. Luis A. Ferrao
Rector

MATRÍCULA ESTUDIANTIL Y VACUNACIÓN DE REFUERZO EN ESTUDIANTES #OE-2021-082

Por este medio informamos que los estudiantes podrán hacer su matrícula y pago, aunque no tengan la vacunación de refuerzo. En la Orden Ejecutiva #OE-2021-082 dice lo siguiente:

SECCIÓN 8a: REQUERIMIENTO DE VACUNACIÓN EN EL SECTOR DE LA EDUCACIÓN. Con el fin de evitar que los sistemas educativos se vean afectados y así garantizar la continuación de estos servicios, ordeno que a partir de la vigencia de esta Orden Ejecutiva se deberá cumplir con lo siguiente:

A. Estudiantes de doce (12) años o mayores. Al amparo de las facultades concedidas par la Ley Num.81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, y por la Ley Núm. 25 de 25 de septiembre de 1983, según enmendada, ordeno que todo estudiante de doce (12) años o más —incluyendo universitarios y grades técnicos—, de cualquier entidad pública o privada, deberá estar completamente vacunado contra el COVID-19 para poder acceder a tomar clases presenciales, sujeto a alguna excepción médica o religiosa aplicable, según explicado en esta sección. De aplicar alguna excepción, el estudiante tendrá dos opciones: 1) realizarse, a su responsabilidad, al menos cada siete (7) días una prueba viral cualificada SARS-CoV-2 (pruebas de amplificación del ácido nucleico (“NAAT”) o pruebas de antígeno) aprobada por la FDA y que haya sido procesada por un profesional de la salud autorizado, y presentar ante su director o a quien este delegue el resultado negativo de dicha prueba al menos cada siete (7) días, o un resultado positivo a COVID-19 de los pasados tres (3) meses, junta con documentación de su recuperación, incluyendo una carta de un proveedor de salud certificado o de algún oficial gubernamental de salud que certifique que la persona esta recuperada y lista para comparecer a lugares públicos; o 2) podrá recibir la educación de forma virtual —de estar disponible— o por cualquier otro método alterno.

Deseamos notificarles que he impartido instrucciones para que los estudiantes no se vean afectados por la solicitud realizada el pasado viernes mediante circular. Ningún estudiante perderá sus cursos por no someter evidencia de vacunación de refuerzo. Los estudiantes podrán continuar con su pago de matrícula y confirmación de cursos en el portal MiUpi. Sin embargo, es un requisito que el estudiante someta cuando cumpla con el tiempo de vacunación la evidencia de la vacuna de refuerzo. Continuaremos manteniendo sin ningún cambio el Calendario Académico Enmendado para este semestre 2021-2022 (enero a mayo). El someter la prueba sobre la vacunación nos permitirá también mantener al día la información que se le ofrece a la comunidad universitaria en el Bio Portal del recinto presentando una cifra real de los estudiantes, no docentes y docentes que tienen la vacuna de refuerzo.

Estaremos manteniendo la directriz emitida por la presidenta interina, Dra. Mayra Olavarría Cruz, el pasado lunes 3 de enero de 2022 durante este mes en cuanto al cumplir con las modalidades de teletrabajo y a distancia tanto de los docentes, no docentes (que cuenten con los materiales para poder cumplir con los mismos) y los estudiantes.

Confiamos que ya para el mes de febrero hayamos logrado contener los casos de COVID-19 y podamos retornar a la presencialidad. Es importante que nos mantengamos cuidando en todo momento para poder volver a nuestro recinto universitario.

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