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Nuevo procedimiento para reservar salones, anfiteatros, u otras instalaciones en el recinto de Río Piedras

22 de septiembre de 2023

 

CARTA CIRCULAR A LA COMUNIDAD UNIVERITARIA

 

Angélica Varela Llavona, PhD
Rectora

 

NUEVO PROCEDIMIENTO PARA RESERVAR SALONES, ANFITEATROS, U OTRAS INSTALACIONES EN EL RECINTO DE RÍO PIEDRAS

Con el propósito de coordinar efectivamente la celebración de actividades y eventos que se llevan a cabo en el Recinto de Río Piedras, hemos revisado el procedimiento de notificación previa de actividades o eventos en el Recinto de Río Piedras para hacerlo uno más sencillo y rápido. Este nuevo procedimiento deja sin efecto el establecido en la circular emitida por el entonces rector Carlos E. Severino Valdez del 9 de diciembre de 2014. El mismo incluye recomendaciones recibidas por diversos sectores de la comunidad universitaria.

A partir de este nuevo procedimiento, toda persona o entidad que desee usar una facilidad universitaria (ej. salón, anfiteatro, vestíbulo, plazoleta, gazebo, etc.) para llevar a cabo una actividad deberá seguir el procedimiento que se enumera a continuación:

1. La persona encargada de organizar la actividad llenará la “Solicitud para reservar salones, anfiteatros, u otras instalaciones en el Recinto de Río Piedras” disponible en la siguiente dirección: https://www.uprrp.edu/solicitud-uso-instalaciones/. La persona solicitante de las instalaciones será responsable de cumplir con las normas aquí expuestas.

2. La solicitud deberá tener el visto bueno de la decana o decano, directora o director, o representante autorizado/a de la facultad, escuela o unidad donde se desee llevar a cabo la actividad, certificando que el espacio está disponible. La solicitud deberá hacerse con un mínimo de 10 días laborables de anticipación a la fecha de la actividad. La solicitud deberá ser contestada por la unidad correspondiente dentro de los tres días laborables siguientes a la fecha de ser solicitada.

3. La decana o decano de facultad, o directora o director de escuela determinará si la actividad requiere la coordinación con la División de Seguridad y Manejo de Riesgos. Si determina que se requiere la coordinación con esta división, referirá la misma para la coordinación correspondiente que puede ser proveer seguridad y/o facilidad de estacionamiento.

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