Designación de Miembros del Comité de Cumplimiento de la Ley Clery
- Fecha 24/08/2022
11 de agosto de 2022
Circular Número 2, Año Académico 2022-2023
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA
Angélica Varela Llavona
Rectora Interina
DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL COMITÉ DE CUMPLIMIENTO DE LA LEY CLERY
Estimada comunidad universitaria:
En el Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico, estamos comprometidos y comprometidas con, además de ser el primer centro docente del país, en promover un ambiente de estudios y trabajo saludable y seguro. “La Universidad de Puerto Rico, consciente del problema de la alta incidencia criminal, reconoce como interés institucional legítimo el facilitar la protección a la vida y seguridad de los miembros de la comunidad universitaria y de prevenir la ocurrencia de actos delictivos en las instalaciones físicas de su sistema educativo.”[1]
Asimismo, la Jeanne Clery Disclosure of Campus Security Policy and Campus Crime Statistics Act o“Ley Clery” , 20 USC 1092 (f) , 34 CFR 668.46, es una ley federal que requiere que las instituciones de educación superior en los Estados Unidos, que participan de los programas de ayuda financiera de Título IV a estudiantes, divulguen la información de seguridad de sus instituciones, incluyendo las estadísticas de incidencia criminal del campus y sus alrededores. El propósito de la Ley Clery es proveer a la Comunidad Universitaria (incluyendo actuales y futuros/as estudiantes, empleados/as, profesores/as y visitantes) con información precisa, completa y oportuna sobre los incidentes delictivos y la seguridad del campus para que puedan tomar una decisión informada en cuanto a su seguridad personal.
Para reforzar los asuntos de cumplimiento relacionados con seguridad, el Recinto de Río Piedras cuenta con la Política de Cumplimiento con la Ley Federal Jeanne Clery (RRP-2017-001), la cual fue divulgada a la comunidad universitaria mediante la Carta Circular Núm. 001 Año 2017-2018. Esta política establece los parámetros para asegurar el cumplimiento del recinto con dicha ley, y difundir a la comunidad universitaria las estadísticas obligatorias sobre delincuencia e información de seguridad, mediante la publicación del Informe Anual de Seguridad e Incendios (IAS). El IAS publica, anualmente, las estadísticas de los delitos de la Ley Clery del año anterior, incluyendo: los referidos a acciones disciplinarias por infracciones a las leyes de drogas, alcohol y armas, por tipo, ubicación y año; declaraciones de las políticas de seguridad del Recinto; procedimientos para la emisión de las advertencias de seguridad por situaciones delictivas y de emergencia potencialmente peligrosas; procedimientos de desalojo del Recinto; protocolos de seguridad para evitar propagación de enfermedades; y lugares para la obtención de información relativa a los ofensores sexuales registrados de las agencias policiales estatales, entre otros asuntos pertinentes a la seguridad en el campus.
En aras de continuar cumpliendo con esta encomienda, se creó el Comité de Cumplimiento de Clery. Dicho comité promueve la responsabilidad de todo el recinto en el cumplimiento de la Ley Jeanne Clery y la política antes citada. El Comité será responsable de ayudar a recopilar y verificar los datos y procedimientos relacionados con la Ley Clery, con el objetivo continuo de hacer que el cumplimiento de Clery sea un esfuerzo de toda la institución. Este comité estará compuesto por:
OFICINA | NOMBRE | PUESTO |
División de Seguridad y Manejo de Riesgos (DSMR) | Víctor Rosario | Director |
Roberto Rivera Santiago | Seguridad I, Coordinador de Cumplimiento Jeanne Clery | |
José Rodríguez Izquierdo | Oficial de Seguridad IV, Coordinador de Seguridad y Manejo de Riesgos | |
Oficina de Cumplimiento y Auditorías (OCA) | Lic. Orializ Ocasio Crespo | Coordinadora de Título IX y Campus Safety Security Administrator Jeanne Clery |
Oficina de Protección Ambiental y Seguridad (OPASO) | Jorge F. Ramos Feliciano | Director |
División de Servicios Médicos (DSM)/ Programa de Calidad de Vida | Dr. Hernán Rosado Carpena | Director |
Decanato de Administración | Anaisa López Cedres | Decana de Administración |
Oficina de Comunicaciones | Lorna M. Castro Figueroa | Directora |
La Ley Clery requiere que las universidades establezcan canales de comunicación entre sus unidades con el objetivo compartido de crear y mantener una comunidad segura para todos los miembros. Agradecemos la colaboración de todos los funcionarios y funcionarias con el cumplimiento de esta iniciativa.
¡La responsabilidad de una comunidad universitaria saludable y segura es de todos!
[1] Carta Circular 92-01 de la Oficina del Presidente de la UPR, del 28 de mayo de 1992.
Etiqueta:Comité de Cumplimiento, Ley Clery
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