Notificación previa de actividades en el Recinto que requieren autorización de la Rectora
- Categorías Circulares, Circulares Rectoría
- Fecha 18/04/2023
13 de abril de 2023
CARTA CIRCULAR
A DECANOS(AS) DE LOS DECANATOS Y FACULTADES, DIRECTORES(AS) DE OFICINAS Y ESCUELAS, DECANOS(AS) AUXILIARES, Y PERSONAL ADMINISTRATIVO DE APOYO
Angélica Varela Llavona, Ph.D.
Rectora
Notificación previa de actividades en el Recinto que requieren autorización de la Rectora
Actualmente, estamos revisando el “Protocolo de Notificación Previa de Actividades o Eventos en el Recinto“, el cual será notificado a la Comunidad Universitaria próximamente. Entretanto, se les recuerda que todas las actividades donde participen figuras públicas o funcionarios públicos tales como jefes de agencia, senadores/as, representantes, celebridades, etc., deben ser autorizadas por la Rectora. Previo a solicitar la autorización de la Rectora deberán seguir el siguiente procedimiento:
- Debe tener el visto bueno del Decano/a del decanato o facultad (o su representante autorizado) donde vaya a celebrarse la actividad (Ej. salón, anfiteatro o instalación al aire libre), o de los Directores/as de Oficinas y Escuelas, según aplique.
- Debe tener el visto bueno del Director de la División de Seguridad y Manejo de Riesgos, Sr. Víctor Rosario o su representante autorizado. Este requisito tiene el propósito de propiciar la coordinación ordenada del uso de las instalaciones universitarias y asegurar la disponibilidad, seguridad y uso prudente de las mismas para la actividad que se desee celebrar.
La notificación de la actividad con participación de figuras públicas tiene que someterse a seguridad con visto bueno del decano/a o director/a no menos de 15 días laborables antes de la fecha de la actividad. Una vez se reciba en Rectoría el formulario firmado por el decano/a y con el visto bueno del director de seguridad, Rectoría evaluará y emitirá su determinación de autorización.
Ninguna actividad que no haya cumplido con este procedimiento establecido de notificación previa será reconocida como una actividad oficial del Recinto.
Para más información, favor referirse al Art. 32 del Reglamento General de la Universidad de Puerto Rico (Cert. 160, 2014-2015) y Art. 6.01 del Reglamento de Estudiantes Recinto Universitario de Río Piedras (Cert. 85, 2020-2021).
¡Cuento con su acostumbrada colaboración!
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