Solicitud y Requisitos de Transferencias
Esta solicitud aplica únicamente a estudiantes procedentes de instituciones de nivel universitario en y fuera de Puerto Rico que no sean del Sistema UPR.
Documentos de Referencia
Presentación Guiada de Solicitud de Transferencia
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A partir del 1 de agosto de 2025, los estudiantes que interesen comenzar sus estudios universitarios en enero 2026, mediante transferencia, deben llenar la solicitud en línea en https://solicitud.upr.edu/
(para comenzar en enero 2026)
La fecha límite para solicitar tardío es el 17 de octubre. Luego de esta fecha, el solicitante necesita la autorización del Decano/a Auxiliar de Asuntos Estudiantiles de la Facultad de estudio que interesa. Si recibe la autorización, deberá completar la solicitud en papel
Se considerará como solicitante de transferencia aquella persona que proceda de una institución universitaria debidamente acreditada o autorizada por la jurisdicción correspondiente. De haber estudiado en la Universidad de Puerto Rico o haber sido admitido al Recinto de Río Piedras, deberá solicitar readmisión en la Oficina del Registrador accediendo a Servicios y Certificaciones (Portal NEXT).
La Oficina de Admisiones evalúa solamente documentos oficiales y refiere al decano de la facultad correspondiente aquellos casos que resultan elegibles para admisión. Estudiantes bajo probatoria por deficiencia académica o bajo suspensión por conducta en su institución de procedencia, no serán elegibles para admisión al Recinto de Río Piedras. El decano de cada facultad determinará la admisión o denegación de los casos referidos, tomando en consideración el promedio y el cupo disponible. La siguiente tabla resume los requisitos por facultad: