Ascenso en rango-Personal Docente
18 de diciembre de 2014
Decanos(AS) de Facultad, Directores(AS) de DepartamentoS, Presidentes Y MIEMBROS de Comités Departamentales y de FacultadES, PERSONAL DOCENTE y Comunidad Universitaria
Carlos E. Severino Valdez, Ph.D.
Rector
ASCENSOS EN RANGO – PERSONAL DOCENTE
La Junta de Gobierno, en reunión ordinaria llevada a cabo el lunes, 17 de noviembre de 2014, consignó un acuerdo, bajo la Certificación número 32, (2014-2015), donde exponen que debido a la situación fiscal, la creación de los Registros de Ascensos en Rangos de Claustrales se han extendido por un plazo en exceso de cinco años (desde la creación del Primer Registro). Esta certificación establece que la norma aplicará también a los años de servicios, aun cuando en certificaciones anteriores (37 y 96, (2011-2012) y 54, 2012-2013) se dispuso que los méritos a ser considerados para la evaluación de un próximo ascenso en rango se pueden acumular desde la fecha en que el docente hubiese ascendido, de no ser por la limitación fiscal.
Por lo tanto, que para todo propósito reglamentario, se considerarán los méritos y los años a partir de la fecha en que hubiesen ascendido de no ser por la limitación fiscal que afecta a la Institución. Esto implica, que aquel personal docente que haya sido incluido en los registros ya aprobados y cualifique en tiempo para ser elegible a ascenso en rango al 1 de julio de 2014, podrá someter el dossier para evaluación para ascenso durante el Año Académico 2014-2015.
Para cumplir con lo antes expuesto, la Junta Administrativa aprobó la enmienda al Calendario del Plan de Trabajo (Certificación 61, 2013-2014), específicamente la Sección de Ascensos en Rango. De esta forma, se brinda el tiempo suficiente a los candidatos y unidades institucionales para que cumplan con el proceso de evaluación y recomendación ante la Junta Administrativa.
La enmienda aprobada fue la siguiente:
De conformidad con la Certificación Número 8, (2014-2015) de la Junta de Gobierno – Sexto Registro – las normas establecidas para los anteriores registros, continuarán vigentes para el Año Fiscal 2014-2015. En este registro se incluirán aquellos claustrales cuyos méritos han sido comprobados y acreditados de conformidad a los procesos de evaluación aplicables y que de no ser por las limitaciones que imponen las circunstancias fiscales, hubiesen recibido su ascenso en rango efectivo el 1 de julio de 2014.
Fecha ENMENDADA | Asunto |
30 de enero de 2015(viernes)
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Fecha límite para que la Oficina de Recursos Humanos someta a las unidades y a la Secretaría de la Junta Administrativa la relación del personal docente elegible para ascenso en rango en julio de 2014, de acuerdo con sus expedientes. |
; Tan pronto las Facultades reciban la lista de elegibles, deben preparar un calendario de trabajo interno para cumplir con el Plan de Trabajo de la Junta Administrativa y enviar copia a la Secretaría de la Junta. | |
25 de marzo de 2015(miércoles)
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Fecha límite para que las Unidades sometan a la Secretaría de la Junta Administrativa, con copia a la Oficina de Recursos Humanos, la lista de recomendaciones de ascensos en rango para el personal docente. |
15 de abril de 2015(viernes)
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Fecha límite para que la Secretaría envíe al Decanato de Asuntos Académicos las recomendaciones de ascensos en rango para su evaluación. |
22 de mayo de 2015(viernes)
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Fecha límite para que el Decanato de Asuntos Académicos someta a la Secretaría de la Junta las observaciones y recomendaciones sobre los ascensos en rango. |
26 de junio de 2015(viernes)
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Reunión de la Junta Administrativa para considerar las recomendaciones de ascensos en rango, elegibles al 1 de julio de 2014. |
De necesitar información adicional, no dude en comunicarse a la Secretaría de la Junta Administrativa, extensiones 83070 y 83073.