Regresar

Incentivos contributivos en Puerto Rico

2 de junio de 2020

 

 

 

A TODOS LOS INVESTIGADORES
RECINTO DE RÍO PIEDRAS

 

 

 

Luis A. Ferrao Delgado, Ph.D.
Rector

 

INCENTIVOS CONTRIBUTIVOS EN PUERTO RICO

El Decanato de Estudios Graduados e Investigación del Recinto de Río Piedras tiene a su cargo la totalidad de los asuntos relacionados a proyectos de fondos externos, incluyendo el gestionar cualquier trámite de nuestros investigadores relacionados a la Ley Núm. 60 (http://www.lexjuris.com/lexlex/Leyes2019/lexl2019060.htm.).  Durante los pasados años, las exenciones contributivas estaban cobijadas bajo la Ley 101 de 2008, conocida como la Ley de Incentivos Contributivos de Investigadores y administrada por el Fideicomiso de Ciencias, Tecnología e Investigación (en adelante Fideicomiso).

La Ley 60 sustituye la Ley 101 a partir de 1 de julio de 2019, sin embargo,  la Ley 40 del año 2020 (http://www.lexjuris.com/lexlex/Leyes2020/lexl2020040.htm), en su sección 13, enmienda las investigaciones elegibles bajo esta nueva ley para los años contributivos antes del 1 de enero de 2020.    Estipula que, para los años contributivos previos al 1 de enero de 2020, prevalecen las definiciones establecidas en la Ley 101 con respecto a investigaciones elegibles e investigadores elegibles.  Por tanto, para el año 2019 trabajaremos solicitudes de incentivos (exenciones) que cualifiquen bajo dicha ley, tal como lo hemos hecho hasta este momento.

A partir del 1 de enero de 2020 se considerarán investigaciones e investigadores elegibles según lo que estipula la Ley 60.

Versión imprimible (+)

Ir al contenido