Incentivos contributivos en Puerto Rico
2 de junio de 2020
A TODOS LOS INVESTIGADORES
RECINTO DE RÍO PIEDRAS
Luis A. Ferrao Delgado, Ph.D.
Rector
INCENTIVOS CONTRIBUTIVOS EN PUERTO RICO
El Decanato de Estudios Graduados e Investigación del Recinto de Río Piedras tiene a su cargo la totalidad de los asuntos relacionados a proyectos de fondos externos, incluyendo el gestionar cualquier trámite de nuestros investigadores relacionados a la Ley Núm. 60 (http://www.lexjuris.com/lexlex/Leyes2019/lexl2019060.htm.). Durante los pasados años, las exenciones contributivas estaban cobijadas bajo la Ley 101 de 2008, conocida como la Ley de Incentivos Contributivos de Investigadores y administrada por el Fideicomiso de Ciencias, Tecnología e Investigación (en adelante Fideicomiso).
La Ley 60 sustituye la Ley 101 a partir de 1 de julio de 2019, sin embargo, la Ley 40 del año 2020 (http://www.lexjuris.com/lexlex/Leyes2020/lexl2020040.htm), en su sección 13, enmienda las investigaciones elegibles bajo esta nueva ley para los años contributivos antes del 1 de enero de 2020. Estipula que, para los años contributivos previos al 1 de enero de 2020, prevalecen las definiciones establecidas en la Ley 101 con respecto a investigaciones elegibles e investigadores elegibles. Por tanto, para el año 2019 trabajaremos solicitudes de incentivos (exenciones) que cualifiquen bajo dicha ley, tal como lo hemos hecho hasta este momento.
A partir del 1 de enero de 2020 se considerarán investigaciones e investigadores elegibles según lo que estipula la Ley 60.